
COLEGIO PROFESIONAL DE ECONOMISTAS DE MÁLAGA
Según el Decreto 871/77, de 26 de abril, que aprueba el Estatuto Profesional del Economista, Profesores y Peritos Mercantiles, y que incorpora las funciones propias del economista, incluidas en la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones de la Oficina de Trabajo de Ginebra (OIT), los economistas estamos facultados para el desempeño de estas actividades profesionales: Administración, Organización y Dirección de Empresas. Auditoría de Cuentas. Asesoría financiera. Asesoría contable. Asesoría fiscal. Consultoría. Investigación y Planificación comercial, técnicas de marketing, comercio exterior. Sistemas actuariales y de riesgos. Selección e integración de personal, métodos de trabajo y racionalización administrativa. Proceso de datos y tratamiento de la información empresarial. Arbitraje y actuaciones judiciales. Estudios estadísticos y documentación económica, contable y financiera. Docencia. Las demás funciones que la legislación les ha conferido o les confiera.